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Código Procesal Penal Artículo 386 Estado de Oaxaca


Código Procesal Penal Oaxaca
Artículo 386. Sentencia en caso de división del debate

En el caso de división del debate conforme a lo previsto en el artículo 364 (División del debate único), el tribunal pronunciará sentencia, sin resolver la cuestión de individualización de la pena, y fijará audiencia para la continuación del debate o para el debate sobre la determinación de la pena o la medida de seguridad, en caso de que sea necesario.

Para decidir esta última cuestión, deliberarán y votarán todos los jueces, incluso aquellos cuya opinión haya quedado en minoría, quienes deberán atenerse al tenor de la condena o de la declaración que torna viable una medida de seguridad



Estado de Oaxaca Artículo 386 Código Procesal Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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