Código Urbano Artículo 296 Estado de Querétaro
Código Urbano
Artículo 296.
Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación del presente Capítulo, del Reglamento del condominio, de la escritura que constituye el régimen de propiedad en condominio y de la traslativa de dominio, así como de las demás disposiciones aplicables, serán sometidas a un procedimiento de conciliación.
Los órganos designados por los Ayuntamientos de los Municipios en que estén ubicados los condominios, tendrán obligación de actuar como amigables componedores y conciliadores, en su caso, de las diferencias o controversias que surjan entre condóminos y propietarios contiguos o vecinos.
En caso de controversia ante los Tribunales competentes, las partes deberán comprobar haber agotado el procedimiento conciliatorio antes mencionado.
Estado de Querétaro Artículo 296 Código Urbano
Mejores juristas





¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios