< Ley de Biocombustibles

Ley de Biocombustibles Artículo 2 Federal de México


Ley de Biocombustibles Federal
Artículo 2.

Para efectos de la interpretación y aplicación de la presente Ley, se deben entender los conceptos y las definiciones, en singular o plural, establecidos en la Leyde Planeación y Transición Energética, la Leydel Sector Hidrocarburos, la Ley Generalpara la Prevencióny Gestión Integral de los Residuos, la Leyde Desarrollo Rural Sustentable y las siguientes:

I.Almacenamiento: Depósito y resguardo de Biomasa o Biocombustibles, o ambos, en instalaciones determinadas para dicho fin, que pueden ubicarse en la superficie, el mar o el subsuelo;

II.Biocombustible: Los combustibles gaseosos, líquidos o sólidos producidos a partir del aprovechamiento energético directo de la Biomasao los obtenidos a partir de su procesamiento. No se consideran las mezclas de Biocombustibles con petrolíferos como Biocombustible;

III.Biomasa: La materia renovable de origen orgánico cuyo contenido energético es susceptible de ser aprovechado como Biocombustible. Se excluye a la materia de origen orgánico contenida en yacimientos y formaciones geológicas fosilizadas conocida como hidrocarburos;

IV.Bitácora: Informe a través del cual las personas titulares de los permisos proporcionan a la Secretaríade Energía la información relacionada con sus actividades;

V.Comercialización: La venta al mayoreo de Biocombustibles cuya enajenación no está destinada a la venta al menudeo o al consumo final, excepto para el consumo propio;

VI.Distribución: Actividad que consiste en adquirir, recibir, guardar, trasladar y, en su caso, conducir un determinado volumen de Biocombustibles desde una ubicación determinada hacia uno o varios destinos previamente asignados para su venta a personas Permisionarias de Expendio al Público;

VII.Estrategia: La Estrategia Nacionalde Transición Energética;

VIII.Expendio al Público: La enajenación al menudeo hacia el consumidor final, en instalaciones con fin específico o multimodal, incluyendo estaciones de servicio, de compresión y de carburación, entre otras;

IX.Ley: La Leyde Biocombustibles;

X.Producción: Los procesos de acondicionamiento o transformación necesarios para el aprovechamiento energético o la transformación de la Biomasaque lo requiera para su uso como Biocombustibles, en instalaciones determinadas para dicho fin;

XI.Reglamento:El Reglamento de la Leyde Biocombustibles;

XII.Registro: El Registro de permisos para Biocombustibles;

XIII.SADER: La Secretaríade Agricultura y Desarrollo Rural;

XIV.SEMARNAT: La Secretaríade Medio Ambiente y Recursos Naturales;

XV.SENER: La Secretaríade Energía;

XVI.Subsistema: El Sistema de Información en Materia de Biocombustibles, administrado por la SENERy que forma parte del Sistema Nacional de Información Energética;

XVII.Suelos Marginales: Hace referencia a los espacios abandonados como consecuencia de su escaso valor productivo, estos suelos generalmente cuentan con un bajo valor de nutrientes para ser utilizados para cultivos intensivos, y

XVIII.Transporte: Actividad de recibir, entregar y, en su caso, conducir Biocombustibles de un lugar a otro por medio de ductos u otros medios, que no conlleva la Enajenacióno Comercialización de dicho producto por parte de quien la realiza. Se excluye de esta definición la Distribución.

Federal de México Artículo 2 Ley de Biocombustibles
Artículo 1 2 3 4 ...46
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?



el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse