Ley de Biocombustibles Artículo 2
Ley de Biocombustibles
Artículo 2.
Para efectos de la interpretación y aplicación de la presente Ley, se deben entender los conceptos y las definiciones, en singular o plural, establecidos en la Leyde Planeación y Transición Energética, la Leydel Sector Hidrocarburos, la Ley Generalpara la Prevencióny Gestión Integral de los Residuos, la Leyde Desarrollo Rural Sustentable y las siguientes:I.Almacenamiento: Depósito y resguardo de Biomasa o Biocombustibles, o ambos, en instalaciones determinadas para dicho fin, que pueden ubicarse en la superficie, el mar o el subsuelo;
II.Biocombustible: Los combustibles gaseosos, líquidos o sólidos producidos a partir del aprovechamiento energético directo de la Biomasao los obtenidos a partir de su procesamiento. No se consideran las mezclas de Biocombustibles con petrolíferos como Biocombustible;
III.Biomasa: La materia renovable de origen orgánico cuyo contenido energético es susceptible de ser aprovechado como Biocombustible. Se excluye a la materia de origen orgánico contenida en yacimientos y formaciones geológicas fosilizadas conocida como hidrocarburos;
IV.Bitácora: Informe a través del cual las personas titulares de los permisos proporcionan a la Secretaríade Energía la información relacionada con sus actividades;
V.Comercialización: La venta al mayoreo de Biocombustibles cuya enajenación no está destinada a la venta al menudeo o al consumo final, excepto para el consumo propio;
VI.Distribución: Actividad que consiste en adquirir, recibir, guardar, trasladar y, en su caso, conducir un determinado volumen de Biocombustibles desde una ubicación determinada hacia uno o varios destinos previamente asignados para su venta a personas Permisionarias de Expendio al Público;
VII.Estrategia: La Estrategia Nacionalde Transición Energética;
VIII.Expendio al Público: La enajenación al menudeo hacia el consumidor final, en instalaciones con fin específico o multimodal, incluyendo estaciones de servicio, de compresión y de carburación, entre otras;
IX.Ley: La Leyde Biocombustibles;
X.Producción: Los procesos de acondicionamiento o transformación necesarios para el aprovechamiento energético o la transformación de la Biomasaque lo requiera para su uso como Biocombustibles, en instalaciones determinadas para dicho fin;
XI.Reglamento:El Reglamento de la Leyde Biocombustibles;
XII.Registro: El Registro de permisos para Biocombustibles;
XIII.SADER: La Secretaríade Agricultura y Desarrollo Rural;
XIV.SEMARNAT: La Secretaríade Medio Ambiente y Recursos Naturales;
XV.SENER: La Secretaríade Energía;
XVI.Subsistema: El Sistema de Información en Materia de Biocombustibles, administrado por la SENERy que forma parte del Sistema Nacional de Información Energética;
XVII.Suelos Marginales: Hace referencia a los espacios abandonados como consecuencia de su escaso valor productivo, estos suelos generalmente cuentan con un bajo valor de nutrientes para ser utilizados para cultivos intensivos, y
XVIII.Transporte: Actividad de recibir, entregar y, en su caso, conducir Biocombustibles de un lugar a otro por medio de ductos u otros medios, que no conlleva la Enajenacióno Comercialización de dicho producto por parte de quien la realiza. Se excluye de esta definición la Distribución.
Artículo 2 Ley de Biocombustibles
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
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