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Ley de la Guardia Nacional Artículo 51


Ley de la Guardia Nacional
Artículo 51.

La portación y uso del armamento asignado al personal de la Guardia Nacional será exclusivamente para desempeñar las funciones que su empleo le exija.

Para la portación deberá expedirse el documento individual de identificación que autorice su uso en razón de la licencia oficial colectiva.

Queda prohibida la utilización de armamento oficial en actividades ajenas a la seguridad pública y en lugares no autorizados, así como su comercialización.

El personal de la Guardia Nacional deberá entregar el armamento, al término de sus actividades o comisión asignada, en las instalaciones de la unidad a la que pertenezca.

Artículo 51 Ley de la Guardia Nacional
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Los nuevos comentarios en el sitio web

A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?



Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?



qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol



No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,



Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias



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