Ley del Sector Hidrocarburos Artículo 33
Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo 33.
En materia de Asignaciones para Desarrollo Mixto, corresponde a la Secretaríade Energía:I.Otorgar o modificar Asignaciones para Desarrollo Mixto;
II.Determinar el Área en posesión del Estado a otorgar, así como las condiciones técnicas y operativas de la Asignaciónpara Desarrollo Mixto;
III.Autorizar la solicitud de la Asignaciónpara Desarrollo Mixto;
IV.Administrar técnicamente y supervisar el cumplimiento de los términos y condiciones de estas;
V.Llevar el registro de las Asignaciones para Desarrollo Mixto, así como de los Contratos Mixtos relacionados con las mismas;
VI.Aprobar la reducción, ampliación, devolución o renuncia del Área de Asignación, así como la revocación, y
VII.Aprobar los planes de Exploración y de desarrollo para la Extracción, así como sus modificaciones.
Artículo 33 Ley del Sector Hidrocarburos
Mejores juristas
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
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