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Ley del Sector Hidrocarburos Artículo 79 Federal de México


Ley del Sector Hidrocarburos Federal
Artículo 79.

La Secretaríade Energía o la Comisión Nacionalde Energía, en el ámbito de su competencia y en ejercicio de las facultades de verificación o supervisión de las actividades reguladas, pueden imponer como medida precautoria, la suspensión provisional, de manera fundada y motivada, de la actividad permisionada de manera inmediata, cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:

a)El permisionario no acredite de manera inmediata la legal procedencia del producto importado, exportado, transportado, comercializado, almacenado, distribuido o expendido;

b)Existan indicios de afectación a la persona Usuaria Final, por el producto importado, exportado, transportado, comercializado, almacenado, distribuido o expendido;

c)Existan indicios de alteración o adulteración del producto importado, transportado, comercializado, almacenado, distribuido o expendido;

d)Existan indicios de prácticas que propicien el mercado ilícito o el contrabando de Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos o cualquier otro delito relacionado con la materia de hidrocarburos, y

e)Existan indicios de que, como resultado de las actividades permisionadas, se ponga en peligro la vida o la salud de las personas, la seguridad pública, el medio ambiente, la seguridad de las instalaciones o los bienes de la población.

La suspensión surte efectos de manera inmediata y hasta en tanto no se desvirtúen las causas que dan origen a la medida cautelar impuesta, mediante el procedimiento administrativo correspondiente de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

La autoridad que imponga la suspensión provisional debe iniciar los procedimientos administrativos que correspondan en un plazo no mayor de quince días naturales contados a partir de que se hayan impuesto las medidas correspondientes.

La Secretaría de Energía y la Comisión Nacionalde Energía al momento de imponer como medida cautelar la suspensión provisional, o sanción derivada de una resolución, de las actividades permisionadas, pueden solicitar el apoyo de otras autoridades en los tres niveles de gobierno, para que, en el ámbito de sus atribuciones, realicen las acciones necesarias para impedir que se continúe realizando la actividad permisionada.

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?



el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y



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