Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Artículo 22
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículo 22.
El patrimonio del Instituto se integra con:
I. Los bienes muebles e inmuebles que adquiera para el cumplimiento de su objeto, incluyendo los que la Federación haya destinado para tal fin o para su uso exclusivo;
II. Los recursos que anualmente apruebe la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Instituto;
III. Las donaciones que reciba para el cumplimiento de su objeto, y
IV. Los ingresos que reciba por cualquier otro concepto.
El Instituto no podrá tener más bienes inmuebles que los estrictamente necesarios para cumplir con su objeto
Artículo 22 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Mejores juristas
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
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