< Ley General de Cambio Climático

Ley General de Cambio Climático Artículo 81 Federal de México


Ley General de Cambio Climático Federal
Artículo 81.

Las fuentes de financiamiento para apoyar la implementación de acciones para enfrentar los efectos adversos del cambio climático serán las siguientes:

I.Los recursos anuales que, en su caso, señale el Presupuesto de Egresos de la Federación y aportaciones de otros fondos públicos;

II.Las contribuciones, pago de derechos y aprovechamientos previstos en las leyes correspondientes;

III.Las donaciones de personas físicas o morales, nacionales o internacionales;

IV.Las aportaciones que efectúen gobiernos de otros países y organismos internacionales;

V.El valor de las reducciones certificadas de emisiones de proyectos implementados en los Estados Unidos Mexicanos que de forma voluntaria se adquieran en el mercado, y

VI.Los demás recursos que obtenga, previstos en otras disposiciones legales.

Federal de México Artículo 81 Ley General de Cambio Climático
Artículo 1o ...79 80 81 82 83 ...116
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?



Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.



asesoria para divorcio necesario. gracias



pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?



alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse