< Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros

Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros Artículo 20 Federal de México


Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros Federal
Artículo 20.

Las palabras seguro, reaseguro, aseguramiento u otras que expresen ideas semejantes en cualquier idioma, sólo podrán ser usadas en el nombre o denominación de las empresas a que se refieren los artículo 1o. y 11 de esta Ley.

Se exceptúa de la aplicación del párrafo anterior,_ a los intermediarios, ajustadores y demás personas o empresas cuyas actividades se sujetan a esta Ley o a las disposiciones administrativas que deriven de la misma, cuando cuenten con la autorización correspondiente, así como a las asociaciones de instituciones de seguros u otras personas que sean autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para éstos efectos, siempre que no realicen operaciones activas de seguros.

Queda prohibido el uso de la palabra nacional en la denominación de las empresas de seguros que no tengan ese carácter.

Federal de México Artículo 20 Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros
Artículo 1o ...18 19 20 21 22 ...147 BIS‑2
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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