< Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes Artículo 263 Federal de México


Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes Federal
Artículo 263. De la educación

La educación es parte esencial y fundamental de la prevención social de la violencia y la delincuencia. Las autoridades directivas de los planteles de educación, además de sus responsabilidades de formación académica y profesional, promoverán que la educación que se imparta a las personas adolescentes incluya:

I. Promover los valores fundamentales y fomentar el respeto de la identidad propia y de las características culturales de las personas adolescentes; de los valores sociales de las comunidades en que viven, de las culturas diferentes de la suya y de los derechos humanos y libertades fundamentales;

II. Fomentar y desarrollar en todo lo posible la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental, física y artística de las personas adolescentes;

III. Lograr que las personas adolescentes participen activa y eficazmente en el proceso educativo;

IV. Desarrollar actividades que fomenten un sentimiento de identidad y pertenencia a la escuela y a la comunidad;

V. Alentar a las personas adolescentes a comprender y respetar opiniones y puntos de vista diversos, así como las diferencias culturales y de otra índole;

VI. Suministrar información y orientación en lo que se refiere a la formación profesional, las oportunidades de empleo y las perspectivas laborales;

VII. Proporcionarles tratamiento psicológico;

VIII. Reconocer, atender, erradicar y prevenir los distintos tipos de violencia, con el objeto de lograr una convivencia libre de violencia en el entorno escolar;

IX. Erradicar las medidas disciplinarias severas, en particular los castigos corporales, y

X. Prevenir que las personas adolescentes se encuentren en situaciones de riesgo.



Federal de México Artículo 263 Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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