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Reglamento de la Cámara de Diputados Artículo 156 Federal de México


Reglamento de la Cámara de Diputados Federal
Artículo 156.

1.Toda convocatoria deberá contener:

I.Nombre de la comisión o comité convocante;

II.Fecha, hora y lugar de la Reunión;

III.Tipo de Reunión ya sea ordinaria, extraordinaria, de comisiones unidas o de conferencia;

IV.El Orden del día de la Reunión que deberá contener básicamente:

a)Registro de asistencia y declaración de quórum;

b)Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del día;

c)Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la Reunión anterior;

d)Asuntos específicos a tratar,

e)Asuntos generales, y

f)Clausura y convocatoria a la siguiente Reunión.

V.Fecha en que se emite, y

VI.Rúbrica del Presidente de la Junta Directiva o de la mayoría de los secretarios.

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