Reglamento de la Cámara de Diputados Federal de México
Reglamento de la Cámara de Diputados Federal de México
- Artículo 1. 1.El presente Reglamento tendrá por objeto normar la actividad parlamentaria...
- Artículo 2. 1.Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por: I.Cámara:...
- Artículo 3. 1. Para efectos del Reglamento se utilizan las voces y significados...
- Artículo 4. 1.La Cámara se instalará por legislaturas, llevando a cabo sus actividades en...
- Artículo 5. 1.Los diputados y diputadas tendrán los mismos derechos, obligaciones y...
- Artículo 6. 1.Serán derechos de los diputados y diputadas: I.Iniciar leyes, decretos...
- Artículo 7. 1.Los diputados y diputadas tendrán las siguientes prerrogativas:...
- Artículo 8. 1.Serán obligaciones de los diputados y diputadas: I.Rendir protesta y...
- Artículo 9. 1.La suplencia procede cuando la diputada o el diputado propietario:...
- Artículo 10. 1.Existirá vacante en la fórmula de diputados o diputadas electos por el...
- Artículo 11. 1.Las vacantes de diputados o diputadas electos por el principio de mayoría...
- Artículo 12. 1.Los diputados y diputadas tendrán derecho a solicitar licencia, en el...
- Artículo 13. 1.La solicitud de licencia se presentará a la consideración del Pleno, que...
- Artículo 14. 1.Las licencias no se concederán simultáneamente a más de la cuarta parte de...
- Artículo 15. 1.Si la Mesa Directiva apreciara inconsistencias en la solicitud de licencia,...
- Artículo 16. 1.El diputado o diputada con licencia que comunique la reincorporación al...
- Artículo 17. 1.Los grupos tendrán independencia operativa y de gestión en los términos...
- Artículo 18. 1.Los grupos tendrán por objeto promover la actuación coordinada de los...
- Artículo 19. 1.Los grupos utilizarán los recursos financieros, humanos y materiales que...
- Artículo 20. 1.Los grupos se organizarán de conformidad con los lineamientos que para tal...
- Artículo 21. 1.Los grupos promoverán la equidad de género en los órganos que constituyan...
- Artículo 22. 1.Los grupos cumplirán con las disposiciones legales, reglamentarias, de...
- Artículo 23. 1.Los grupos podrán contratar asesoría especializada y personal de confianza,...
- Artículo 24. 1.En la primera Sesión ordinaria de la Legislatura, el Presidente hará la...
- Artículo 25. 1.El Recinto es el conjunto arquitectónico que alberga a la Cámara,...
- Artículo 26. 1.La Junta garantizará que todas las comisiones ordinarias y comités de la...
- Artículo 27. 1.Los grupos, los diputados y diputadas, tendrán espacios dentro del Recinto,...
- Artículo 28. 1.El Salón de sesiones será el lugar en las instalaciones de la Cámara...
- Artículo 29. 1.En el Salón de sesiones o Salón de plenos habrá un lugar reservado, al...
- Artículo 30. 1.En el caso de reuniones interparlamentarias con legisladores de otras...
- Artículo 31. 1.El uso de la tribuna de la Cámara le corresponderá exclusivamente a los...
- Artículo 32. 1.El ingreso al Salón de sesiones estará reservado para los legisladores y...
- Artículo 33. 1.En el Salón de Sesiones habrá un lugar denominado galerías, destinado al...
- Artículo 34. 1.El Presidente podrá solicitar la presencia de la fuerza pública, en el...
- Artículo 35. 1. Las Sesiones de la Cámara tendrán el carácter de ordinarias,...
- Artículo 36. 1.Serán Sesiones ordinarias las que se celebren durante los periodos de...
- Artículo 37. 1.Serán sesiones extraordinarias las que se celebren fuera de los periodos de...
- Artículo 38. 1.El Pleno, a propuesta de la Junta, podrá decretar o acordar la celebración...
- Artículo 39. 1.Serán Sesiones permanentes, las que tengan como propósito desahogar los...
- Artículo 40. Se deroga.
- Artículo 41. Se deroga.
- Artículo 42. Se deroga.
- Artículo 43. Se deroga.
- Artículo 44. 1.Será facultad del Presidente que se realicen los avisos necesarios para...
- Artículo 45. 1.Los diputados y diputadas deberán registrar su asistencia al inicio de las...
- Artículo 46. 1.La Cámara abrirá con validez sus sesiones, cuando esté integrado el quórum,...
- Artículo 47. 1.Se computará como inasistencia de la diputada o del diputado a una Sesión...
- Artículo 48. 1.Las inasistencias de las diputadas o de los diputados a las sesiones del...
- Artículo 49. 1.La justificación de inasistencia por enfermedad, motivos de salud,...
- Artículo 50. 1.Las diputadas y los diputados dispondrán de cinco días, a partir del día...
- Artículo 51. 1.El Presidente podrá otorgar permisos para ausentarse a sesiones del Pleno,...
- Artículo 52. 1.La Mesa Directiva podrá dispensar a sus integrantes la obligación del...
- Artículo 53. 1.Se otorgarán permisos para ausentarse de la Sesión, durante su transcurso,...
- Artículo 54. 1.La Secretaría será la encargada de supervisar la operación del Sistema...
- Artículo 55. 1.La Secretaría estará obligada a remitir al Presidente y a los coordinadores...
- Artículo 56. 1.Cuando haya transcurrido el plazo previsto, la Secretaría emitirá un...
- Artículo 57. 1.La Secretaría formulará dentro de los veinte días siguientes al cierre del...
- Artículo 58. 1.El registro decontrol de la asistencia, las votaciones y las...
- Artículo 59. 1.La Mesa Directiva integrará el proyecto del Orden del día de las sesiones...
- Artículo 60. 1.El Presidente mandará publicar el Orden del día en la Gaceta vía...
- Artículo 61. 1.En la publicación del Orden del día se deberán distinguir los asuntos que...
- Artículo 62. 1.Previo al desahogo del Orden del día, la Mesa Directiva cuidará que se...
- Artículo 63. 1.La Mesa Directiva cuidará y será responsable de que todos los asuntos...
- Artículo 64. 1.La Junta podrá proponer la inclusión de un punto en el Orden del día que no...
- Artículo 65. 1.Las solicitudes de inclusión de asuntos en el Orden del día deberán...
- Artículo 66. 1.El procedimiento por el que la Mesa Directiva turnará los asuntos a la...
- Artículo 67. 1.El Presidente podrá turnar los asuntos a una o más comisiones, para efectos...
- Artículo 68. 1.El turno para efectos de dictamen, procederá para enviar a las comisiones...
- Artículo 69. 1.El turno para efectos de opinión, procede para solicitar a las comisiones...
- Artículo 70. 1.El turno para conocimiento procederá para enviar a las comisiones...
- Artículo 71. 1.Un turno se podrá modificar para rectificar el envío, ampliarlo o...
- Artículo 72. 1.La declinatoria de competencia será la solicitud de modificación de turno...
- Artículo 73. 1.La modificación del turno sólo la podrá realizar el Presidente, cuando haya...
- Artículo 74. 1.Estarán facultados para solicitar al Presidente la modificación del turno:...
- Artículo 75. 1.El plazo para solicitar la modificación del turno será de cinco días...
- Artículo 76. 1.El tiempo para la presentación de los asuntos en el Pleno será:...
- Artículo 77. 1.El derecho de iniciativa es irrestricto, pero en el caso de las que...
- Artículo 78. 1.Los elementos indispensables de la iniciativa serán: I.Encabezado o...
- Artículo 79. 1.El Pleno podrá conocer proposiciones que busquen el consenso de sus...
- Artículo 80. 1.El dictamen es un acto legislativo colegiado a través del cual, una o más...
- Artículo 81. 1. Los dictámenes que atiendan minutas deberán abocarse sólo a éstas. En...
- Artículo 82. 1.El dictamen podrá proponer la aprobación total o parcial del asunto o...
- Artículo 83. 1.Los autores de las iniciativas que originan el dictamen podrán presentar...
- Artículo 84. 1.El dictamen será válido sólo cuando la comisión o comisiones discutan un...
- Artículo 85. 1.El dictamen deberá contener los siguientes elementos: I.Encabezado o...
- Artículo 86. 1.Las diputadas o los diputados no podrán cambiar el sentido de su voto...
- Artículo 87. 1.Los dictámenes publicados en la Gaceta serán objeto de una declaratoria de...
- Artículo 88. 1.El Presidente realizará una prevención a la comisión o comisiones, quince...
- Artículo 89. 1.Si el dictamen correspondiente a las iniciativas no se ha presentado,...
- Artículo 90. 1.El voto particular es un punto de vista que disiente del dictamen en lo...
- Artículo 91. 1.El voto particular deberá contener los siguientes elementos: I.Una...
- Artículo 92. 1.Todo dictamen aprobado en sentido positivo por el Pleno se denominará...
- Artículo 93. 1.El proyecto aprobado, antes de que se remita a la Cámarade Senadores, al...
- Artículo 94. 1.El proyecto enviado a la Cámara de Senadores, a través de oficio, se...
- Artículo 95. 1.En el caso de minutas a las que hace referencia el artículo 72...
- Artículo 96. 1.El Pleno podrá dispensar la lectura del acta de la Sesión anterior, siempre...
- Artículo 97. 1.Las iniciativas, minutas e iniciativas con vencimiento de plazo a...
- Artículo 98. 1.Las comunicaciones se publicarán en la Gaceta y sólo se dará lectura a...
- Artículo 99. 1.Las minutas o los proyectos de ley o decreto, que sean devueltos con...
- Artículo 100. 1.Las proposiciones serán anunciadas por el Presidente al Pleno y las turnará...
- Artículo 101. 1.La Agendapolítica se integrará hasta por dos temasde interés general y sólo...
- Artículo 102. 1.Las iniciativas presentadas a nombre de Grupo, las del Titular del Poder...
- Artículo 103. 1.Los diálogos y discusiones fuera del orden y de las normas establecidas en...
- Artículo 104. 1.Las discusiones en lo general de los dictámenes con proyecto de ley o de...
- Artículo 105. 1.Las discusiones en lo general de las iniciativas y minutas que por...
- Artículo 106. 1.Las discusiones de los dictámenes acerca de proposiciones con punto de...
- Artículo 107. 1.Cuando un dictamen no se apruebe en lo general, el Presidente consultará al...
- Artículo 108. 1.Los dictámenes con proyectos de ley que consten de más de treinta artículos...
- Artículo 109. 1.La discusión de los dictámenes con proyectos de ley o decreto en lo...
- Artículo 110. 1.Las reservas se discutirán de la siguiente forma: I.El proponente hará...
- Artículo 111. 1.Se podrán discutir varios artículos reservados al mismo tiempo, cuando...
- Artículo 112. 1.Las votaciones sobre cada uno de los artículos reservados podrán realizarse...
- Artículo 113. 1.Las proposiciones consideradas de urgente u obvia resolución por el Pleno...
- Artículo 114. 1.Las mociones podrán ser de: I.Orden; II.Apego al tema;...
- Artículo 115. 1.La moción de orden es la petición que se hace al Pleno, para que se guarde...
- Artículo 116. 1.La moción de apego al tema es el llamado al orador cuando éste divague, se...
- Artículo 117. 1.La moción de cuestionamiento al orador, es la petición que se hace a quien...
- Artículo 118. 1.La moción de ilustración al Pleno, es la petición que se hace al Presidente...
- Artículo 119. 1.La moción de rectificación de trámite procede para que alguna diputada o...
- Artículo 120. 1.La moción para alusiones personales procede cuando, en el curso de la...
- Artículo 121. 1.La moción para rectificar hechos procede cuando una diputada o un diputado...
- Artículo 122. 1.La moción suspensiva es un recurso del procedimiento legislativo para...
- Artículo 123. 1.Las mociones de orden, de apego al tema y de ilustración al Pleno las puede...
- Artículo 124. 1.La Cámara, conforme a lo dispuesto en los artículos 69 y 93 de la...
- Artículo 125. 1.La solicitud para que comparezca ante el Pleno un Titular u otro servidor...
- Artículo 126. 1.Cuando alguno de los servidores públicos a que hacenalusión losartículos 69...
- Artículo 127. 1.Los funcionarios a que se refieren los artículos 69 y 93 constitucionalesno...
- Artículo 128. 1.Las comparecencias se llevarán a cabo conforme a la programación que...
- Artículo 129. 1.El Pleno podrá solicitar información a los servidores públicos enunciados...
- Artículo 130. 1.Para la formulación de la pregunta parlamentaria en el Pleno, los diputados...
- Artículo 131. 1.Las respuestas que los funcionarios del Poder Ejecutivo Federal envíen a la...
- Artículo 132. 1.Las personas físicas o morales de nacionalidad mexicana podrán presentar...
- Artículo 133. 1.Las peticiones se clasifican de la siguiente forma: I.Legislativas,...
- Artículo 134. 1.La petición deberá contener nombre, rúbrica y domicilio del peticionario y...
- Artículo 135. 1.El voto es la manifestación de la voluntad de un legislador a favor, en...
- Artículo 136. 1.Por regla general, las votaciones se verifican por mayoría simple de votos,...
- Artículo 137. 1.La votación es el registro de la suma de los votos individuales de un...
- Artículo 138. 1.La votación nominal se llevará a cabo utilizando el Sistema Electrónico....
- Artículo 139. 1.Las votaciones nominales o por Sistema Electrónico se verificarán cuando:...
- Artículo 140. 1.Los asuntos que no requieran votación nominal se votarán de manera...
- Artículo 141. 1.Las votaciones por cédulas se llevarán a efecto, por regla general, para...
- Artículo 142. 1.Cuando haya empate en las votaciones deberá repetirse la votación en la...
- Artículo 143. 1.El Presidente, en sus resoluciones, estará subordinado al voto del Pleno.
- Artículo 144. 1.Los asuntos listados en el Orden del día con carácter informativo, no se...
- Artículo 145. 1.Cuando las votaciones se efectúen a través del Sistema Electrónico se dará...
- Artículo 146. 1.Las comisiones o comités deberán instalarse dentro de los quince días...
- Artículo 147. 1.El Comité de Administración, conforme lo determine la Junta, será el...
- Artículo 148. 1.Las comisiones o comités, para el despacho de los asuntos, deberán contar...
- Artículo 149. 1.La Junta Directiva estará conformada por el Presidente y los secretarios de...
- Artículo 150. 1.Son atribuciones del Presidente de la Junta Directiva: I.Presidir y...
- Artículo 151. 1.Serán atribuciones de la Secretaría de la Junta Directiva: I.Asistir...
- Artículo 152. 1.Las subcomisiones son órganos auxiliares de las comisiones que, a través de...
- Artículo 153. 1.Los grupos de trabajo tendrán como objetivo que los integrantes de la...
- Artículo 154. 1.Las subcomisiones y los grupos de trabajo podrán establecer sus propias...
- Artículo 155. 1. La convocatoria a Reunión de comisión o comité deberá publicarse en la...
- Artículo 156. 1.Toda convocatoria deberá contener: I.Nombre de la comisión o comité...
- Artículo 157. 1.Las comisiones tendrán, en su caso las siguientes tareas: I.De...
- Artículo 158. 1.Para el cumplimiento de sus tareas, las comisiones ordinarias de dictamen...
- Artículo 159. 1.Las comisiones podrán recibir peticiones relacionadas con asuntos que sean...
- Artículo 160. 1.Las comisiones deberán elaborar actas de cada Reunión sintetizando lo...
- Artículo 161. 1.El programa anual de trabajo de las comisiones ordinarias de dictamen...
- Artículo 162. 1.La resolución de los asuntos que le sean turnados por el Pleno a las...
- Artículo 163. 1.La revisión y análisis del informe del estado que guarda la Administración...
- Artículo 164. 1.Los informes de actividades de la comisión, se presentarán al Pleno de la...
- Artículo 165. 1.El informe semestral abarcará, del día en que se haya instalado la...
- Artículo 166. 1.El informe final abarcará desde el día de instalación de la comisión, al...
- Artículo 167. 1.La Reunión de la comisión será la máxima instancia de decisión. 2.Para...
- Artículo 168. 1.Las comisiones podrán tener reuniones con carácter ordinario,...
- Artículo 169. 1.Serán reuniones ordinarias las programadas previamente conforme al...
- Artículo 170. 1.Serán reuniones extraordinarias las que se realicen fuera de las...
- Artículo 171. 1.Cualquier Reunión podrá adquirir el carácter de permanente, cuando se...
- Artículo 171 Bis. 1.Serán reuniones en conferencia aquellas que se realicen entre las...
- Artículo 172. 1.Los diputados o diputadas podrán asistir con voz, pero sin voto, a las...
- Artículo 173. 1.El expediente del asunto que requiera dictamen de comisiones unidas será...
- Artículo 174. 1.Las comisiones a las que se turne el asunto en comisiones unidas podrán...
- Artículo 175. 1.En las reuniones de las comisiones, los asuntos se tratarán,...
- Artículo 176. 1.En el proceso de dictamen la comisión: I.Deberá definir el método de...
- Artículo 177. 1.A partir del momento en que una comisión o comisiones reciban una...
- Artículo 178. 1.Para la realización de las audiencias públicas las comisiones acordarán por...
- Artículo 179. 1.Las audiencias por regla general serán públicas, siempre que las...
- Artículo 180. 1.Los dictámenes de las iniciativas y de las minutas, serán turnados a la...
- Artículo 181. 1.Se resolverán mediante oficio de respuesta al remitente, con copia a la...
- Artículo 182. 1. Todo asunto turnado a comisión deberá ser resuelto por esta, dentro de un...
- Artículo 183. 1.La comisión que considere conveniente prorrogar la decisión del asunto...
- Artículo 184. 1.La Mesa Directiva establecerá un acuerdo para que las iniciativas y minutas...
- Artículo 185. 1.Cuando se trate de asuntos que por su naturaleza requieran de un plazo...
- Artículo 186. 1.Los dictámenes a los que se haga declaratoria de publicidad, que no llegue...
- Artículo 187. 1.Las comisiones, durante los recesos, deberán continuar el estudio de los...
- Artículo 188. 1.En las reuniones, el Presidente de la Junta Directivao su Secretaría,...
- Artículo 189. 1.Las comisiones podrán acordar el tiempo de las intervenciones de los...
- Artículo 190. 1.Los diputados y diputadas manifestarán su decisión, en torno a un asunto...
- Artículo 191. 1.Los diputados y diputadas deberán expresar su voto en un dictamen colocando...
- Artículo 192. 1.La lista de asistencia a las reuniones de comisión se verificará al inicio...
- Artículo 193. 1.Al diputado o diputada que acumule dos inasistencias a convocatoria, sin...
- Artículo 194. 1.En caso de baja de diputados o diputadas en comisiones, por causas...
- Artículo 195. 1.Serán causas de inasistencia justificada: I.Enfermedad u otros motivos...
- Artículo 196. 1.El Presidente de la Junta Directiva que reciba solicitudes para justificar...
- Artículo 197. 1.Lo no previsto en el presente capítulo será resuelto de manera inapelable...
- Artículo 198. 1.Las comisiones podrán solicitar comparecencias, a solicitud de uno o más de...
- Artículo 199. 1.El formato de las Comparecencias, será acordado por la Junta Directiva y...
- Artículo 200. 1.En caso de que la información proporcionada sea insuficiente, o no se hayan...
- Artículo 201. 1.Las comisiones podrán solicitar información a los servidores públicos...
- Artículo 202. 1.Para la formulación de la pregunta parlamentaria en comisiones, los...
- Artículo 203. 1.Las respuestas que los funcionarios envíen, se harán del conocimiento del...
- Artículo 204. 1.Los informes de resultados que presenten las comisiones investigadoras, a...
- Artículo 205. 1.La Cámara puede constituir comités y comisiones especiales para la atención...
- Artículo 206. 1.Los comités son órganos auxiliares de las actividades internas de la...
- Artículo 207. 1.Las comisiones especiales son órganos colegiados no dictaminadores que se...
- Artículo 208. 1.Es aplicable a los comités y a las comisiones especiales lo previsto en...
- Artículo 209. 1.La Conferencia establecerá un calendario básico anual, para la coordinación...
- Artículo 210. 1.Las reuniones ordinarias de las comisiones se programarán preferentemente...
- Artículo 211. 1.El Presidente de la Junta Directiva, a través del personal que designe para...
- Artículo 212. 1.Las comisiones, sólo de manera extraordinaria y con el permiso de la Junta,...
- Artículo 213. 1.Las comisiones y comités, conforme a lo establecido en el Reglamento de...
- Artículo 214. 1.Las actividades de las comisiones y comités, preferentemente sus reuniones,...
- Artículo 215. 1.La Cámara procederá a la revisión de las iniciativas de ley o de decreto,...
- Artículo 216. 1.Las observaciones o modificaciones hechas a un proyecto de ley o decreto...
- Artículo 217. 1.El proyecto que se envíe para su revisión a la Cámarade Senadores, irá...
- Artículo 218. 1.Los expedientes que deban pasar al Titular del Poder Ejecutivo Federal para...
- Artículo 219. 1.El proyecto de ley o decreto será firmado por el Presidente y un...
- Artículo 220. 1.La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública emitirá los lineamientos que...
- Artículo 221. 1.El dictamen con proyecto de decreto del Presupuesto de Egresos de la...
- Artículo 222. 1.La Cámara recibirá, a más tardar el 30 de abril de cada año, la Cuenta...
- Artículo 223. 1.La Mesa Directivaturnará, a más tardar en dos días, contados a partir de su...
- Artículo 224. 1.La Comisiónde Vigilancia de la Auditoría Superiorde la Federaciónenviará a...
- Artículo 225. 1.Para el análisis del Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización...
- Artículo 226. 1.La Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación deberá...
- Artículo 227. 1.Es facultad exclusiva de la Comisiónde Presupuesto y Cuenta Pública la...
- Artículo 228. 1.La revisión de la Cuenta Pública deberá concluir a más tardar, el 31 de...
- Artículo 229. 1.La aprobación del dictamen no suspende el trámite de las acciones...
- Artículo 230. 1.Cuando se trate de dictámenes relativos a reformas a la Constitución, la...
- Artículo 231. 1.Para intervenir en la discusión en lo particular podrán inscribirse todos...
- Artículo 232. 1.Cuando un proyecto de reforma constitucional, sea declarado suficientemente...
- Artículo 233. 1.Para la sustanciación de la facultad señalada en el inciso c), de la...
- Artículo 234. 1.Para la sustanciación de la facultad señalada en el inciso a), de la...
- Artículo 235. 1.El Diario de los Debates es el órgano oficial de la Cámaraque contiene la...
- Artículo 236. 1.Entre la realización de una Sesión y la publicación de la edición impresa...
- Artículo 237. 1.La versión estenográfica de las Sesiones deberá publicarse en la página...
- Artículo 238. Se deroga.
- Artículo 239. 1. La Gaceta Parlamentaria es el órgano oficial de difusión electrónico de la...
- Artículo 240. 1.La Gaceta podrá publicar las versiones estenográficas de las discusiones de...
- Artículo 241. 1.La Gaceta se publicará ordinariamente los días hábiles, y en aquellos casos...
- Artículo 242. 1.Los servicios de información en Internet de la Cámara son el medio por el...
- Artículo 243. 1.Las comisiones, comités, grupos, órganos de gobierno y demás entidades...
- Artículo 244. 1.Las comisiones, comités y órganos de gobierno de la Cámara tendrán sitios...
- Artículo 245. 1.La Cámara cuenta con un órgano de comunicación social profesional e...
- Artículo 246. 1.La Coordinación de Comunicación Social deberá acreditar a los...
- Artículo 247. 1.La Coordinación de Comunicación Social tendrá las siguientes funciones:...
- Artículo 248. 1.La Coordinación de Comunicación Social dará igual trato a todos los...
- Artículo 249. 1.La Coordinación de Comunicación Social se abstendrá de acreditar a personas...
- Artículo 250. 1.Los medios de información que tengan representantes acreditados ante la...
- Artículo 251. 1.Para facilitar las actividades de los medios de comunicación, la Cámara...
- Artículo 252. 1.Los informadores acreditados podrán solicitar a la Cámara, grupos,...
- Artículo 253. 1.La Cámara prestará a los informadores de los diversos medios, acreditados...
- Artículo 254. 1.La publicidad institucional de la Cámara deberá cumplir con lo establecido...
- Artículo 255. 1.Las oficinas de Comunicación Social de los grupos, contarán con el apoyo...
- Artículo 256. 1.En sus comparecencias ante los medios informativos, los diputados y...
- Artículo 257. 1.Las reuniones de las comisiones serán transmitidas por televisión en vivo o...
- Artículo 258. 1.Las comisiones, comités, grupos, órganos de gobierno y demás instancias...
- Artículo 259. 1.Se destinará un área reservada para la ubicación y consulta de los...
- Artículo 260. 1.Compete a la Mesa Directiva, realizar la interpretación de las normas y de...
- Artículo 261. 1.La Cámara otorgará la Medalla “Eduardo Neri-Legisladores de 1913”, al...
- Artículo 262. 1.La Cámara podrá realizar inscripciones dentro del Recinto, en los espacios...
- Artículo 263. 1.Por cabildeo se entenderá toda actividad que se haga ante cualquier...
- Artículo 264. 1.Todo individuo que pretenda realizar cabildeo por más de una vez en la...
- Artículo 265. 1.Los diputados y diputadas, así como el personal de apoyo de la Cámara, se...
- Artículo 266. 1.Los documentos de cabildeo relacionados con iniciativas, minutas,...
- Artículo 267. 1.La solicitud de inscripción al registro de cabilderos incluirá la siguiente...
- Artículo 268. 1.La Mesa Directivapodrá suspender o cancelar el registro en el padrón de...
- Artículo 269. 1.La diplomacia parlamentaria es la actividad desarrollada por la Cámara, por...
- Artículo 270. 1.Mediante la diplomacia parlamentaria los diputados y las diputadas, que...
- Artículo 271. 1. La representación protocolaria de la Cámara en el ámbito de la diplomacia...
- Artículo 272. 1.Se consideraránexpresiones de la diplomacia parlamentariade manera...
- Artículo 273. 1.Para desarrollar las labores de diplomacia parlamentaria habrá un área...
- Artículo 274. 1. La Junta propondrá al Pleno la integración de las delegaciones permanentes...
- Artículo 275. 1.El Pleno, a propuesta de la Junta, podrá constituir Grupos de Amistad para...
- Artículo 276. 1.Los grupos propondrán ante la Junta a los diputados y diputadas que...
- Artículo 277. 1. Los integrantes de las delegaciones permanentes ante instancias...
- Artículo 278. 1.Los informes a que hace referencia el artículo anterior serán dirigidos a...
- Artículo 279. 1.Toda delegación y Grupo de Amistad deberá contar con un presidente,...
- Artículo 280. 1.Las delegaciones y Grupos de Amistad, por conducto de su Presidente,...
- Artículo 281. 1.Los Grupos de Amistad deben presentar en su primera Reunión su plan de...
- Artículo 282. 1.Los Grupos de Amistad tendrán, de manera enunciativa, no limitativa, las...
- Artículo 283. 1.La Cámara establecerá un Servicio de Carrera tanto en el área parlamentaria...
- Artículo 284. 1.Para ingresar al Servicio de Carrera se deberán cumplir los requisitos que...
- Artículo 284 Bis. 1.La Cámara de Diputados contará con un Sistema de Evaluación de Diputados...
- Artículo 284 Ter. 1.El Sistema de Evaluación de Diputados se deberá difundir permanentemente en...
- Artículo 284 Quáter. 1.La evaluación del desempeño de los trabajos legislativos se deberá realizar...
- Artículo 284 Quinquies. 1.El Sistema de Evaluación de Diputados se implementará a través de un...
- Artículo 284 Sexies. 1.El Consejo Coordinador del Sistema de Evaluación de Diputados se integra de...
- Artículo 284 Septies. 1.El Sistema de Evaluación de Diputados se normará por criterios que para...
- Artículo 285. 1.El proceso de reforma a este Reglamento podrá iniciarse con iniciativa que...
- Artículo 286. Se deroga.
- Artículo 287. 1. Se deroga. 2.Las minutas no dictaminadas, cuyo plazo continúe...
- Artículo 288. 1.Al término de la Legislatura, la Secretaría de Servicios Parlamentarios...
- Artículo 289. 1.Las disposiciones del Título Décimo Primero tienen por objeto normar el...
- Artículo 290. 1. Las funciones de la Cámara de Diputados en modalidad semipresencial serán...
- Artículo 291. 1.Para efectos del presente Título se utilizarán las voces y significados...
- Artículo 292. 1. Las sesiones semipresenciales serán así citadas por la Presidencia de la...
- Artículo 293. 1. La Presidencia de la Mesa Directiva, atendiendo a lo establecido en el...
- Artículo 294. 1. En el Orden del día de las sesiones, publicado en la Gaceta Parlamentaria,...
- Artículo 295. 1. Las diputadas y los diputados podrán concurrir, de manera física o...
- Artículo 296. 1. Para la conducción de las sesiones, los integrantes de la Mesa Directiva...
- Artículo 297. 1. El registro de asistencia será tomado mediante el pase de lista de las...
- Artículo 298. 1. El registro de asuntos para integrar el Orden del día de las sesiones se...
- Artículo 299. 1. La Presidencia de la Mesa Directiva dictará el trámite y el turno...
- Artículo 300. 1. La Presidencia de la Mesa Directiva determinará, con la aprobación de la...
- Artículo 301. 1. La discusión y votación de los asuntos en el Pleno se regirá bajo el...
- Artículo 302. 1. El quórum para abrir la sesión se alcanzará con la concurrencia de, al...
- Artículo 303. 1. En las sesiones semipresenciales, podrán asistir al Salón de Sesiones las...
- Artículo 304. 1. En las sesiones semipresenciales las votaciones serán económicas y...
- Artículo 305. 1. La votación económica se realizará consultando a las diputadas y los...
- Artículo 306. 1. La votación nominal se realizará de la siguiente forma: I.Se harán...
- Artículo 307. 1. Durante el proceso de votación se otorgarán todas las facilidades...
- Artículo 308. 1. La Plataforma Digital es el medio electrónico habilitado para dispositivos...
- Artículo 309. 1. La Plataforma Digital que se utilice será definida por los órganos de...
- Artículo 310. 1. Cada diputada y diputado tendrá asignada una cuenta institucional para...
- Artículo 311. 1. La Secretaría General, en auxilio a la Mesa Directiva, brindará el apoyo...
- Artículo 312. 1. Los órganos de gobierno, las comisiones ordinarias, comités y demás...
- Artículo 313. 1. La votación de los dictámenes que se aborden en la reunión respectiva se...
- Artículo 314. 1. De las sesiones semipresenciales del Pleno a distancia y los trabajos que...
- Artículo 315. 1. Los registros de asistencia, votación y participación por la Plataforma...
- Artículo 316. 1. Cualquier situación no prevista en este Título, será resuelta por acuerdo...
Mejores juristas





con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
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