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Reglamento de la Cámara de Diputados Artículo 8 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Reglamento de la Cámara de Diputados Federal
Artículo 8.

1.Serán obligaciones de los diputados y diputadas:

I.Rendir protesta y tomar posesión de su cargo;

II.Asistir puntualmente a las convocatorias a sesiones y reuniones, del Pleno, de los órganos directivos y de lascomisiones o comités a los que pertenezca;

III.Acatar los acuerdos del Pleno, de los órganos directivos, comisiones y comités;

IV.Dirigirse con respeto y cortesía a los demás diputados, diputadas e invitados, con apego a la normatividad parlamentaria;

V.Participar en todas las actividades inherentes a su cargo, dentro y fuera del Recinto, con el decoro y dignidad que corresponden a su investidura;

VI.Informar de los asuntos en los que tengan intereses o puedan obtener beneficios personalesy excusarse de participar en la promoción, gestión, recomendación y discusión de los mismos;

VII.Abstenerse de realizar actos que sean incompatibles con la función que desempeñan, así como ostentarse con el carácter de legislador en toda clase de asuntos o negocios privados;

VIII.Guardar reserva de toda la información a la que tenga acceso y que conforme a lo dispuesto por las leyes respectivas, sea reservada o confidencial;

IX.Tratar con respeto y profesionalismo al personal que preste sus servicios a la Cámara, en apego a las condiciones de trabajo;

X.Ejercer el voto, salvo que exista excusa;

XI.Evitar intervenir como actor, representante legal, mandatario o patrón, en juicios de cualquier índole, en los que el patrimonio del Estado esté en riesgo;

XII.Presentar la declaración de situación patrimonial y de modificación a la misma,con oportunidad y veracidad;

XIII.Renunciar a obtener, por la realización de actividades inherentes a su cargo o su impacto, beneficios económicos o en especie para:

a)Sí, su cónyuge, concubina o concubino;

b) Parientes consanguíneos, civiles o por afinidad hasta el cuarto grado;

c)Terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales, de negocios, o

d)Socios o empresas de las que el diputado o diputada formen o hayan formado parte.

XIV.Adecuar todas sus conductas a los ordenamientos respectivos y evitar que los recursos económicos, humanos, materiales y telemáticos, de que disponga para el ejercicio de su cargo, se destinen a otros fines;

XV. Mantener un vínculo permanente con sus representados, a través de una oficina física y/o virtual de enlace legislativo en el distrito o circunscripción para el que haya sido electo.

XVI.Presentar un Informe anual sobre el desempeño de sus labores, ante los ciudadanos de su distrito o circunscripción, del cual deberá enviar una copia a la Conferencia, para su publicación en la Gaceta;

XVII.Permitir la libre discusión y decisión parlamentaria en las sesiones, así como en las reuniones;

XVIII.Retirar cualquier expresión material que haya utilizado para su intervención en el Pleno, una vez que ésta haya concluido;

XIX.Acatar las sanciones que establece este Reglamento y otros ordenamientos aplicables;

XX.Acatar las disposiciones y procedimientos del Código de Ética de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, y

XXI.Las demás previstas en este Reglamento.

2.Para los efectos de la fracción VI, la Mesa Directiva deberá llevar y mantener actualizado un registro de los asuntos que estará vigente durante toda la Legislatura.

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