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Reglamento de la Cámara de Diputados Artículo 151 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Reglamento de la Cámara de Diputados Federal
Artículo 151.

1.Serán atribuciones de la Secretaría de la Junta Directiva:

I.Asistir al Presidente de la Junta Directiva en todo lo relacionado con la preparación y conducción de las reuniones de la comisión o comité;

II.Convocar a Reunión en caso que el Presidente de la Junta Directivano lo realice, transcurrido el término legal y reglamentario para ello;

III.Sustituir al Presidente de la Junta Directiva en las reuniones, en caso de ausencia;

IV.Comprobar el quórum de las reuniones, someter a votación los asuntos que instruya el Presidente de la Junta Directiva, hacer el cómputo relativo y llevar el registro de los acuerdos que se tomen en ellas;

V.Hacer las propuestas de las actas de las reuniones;

VI.Firmar las actas aprobadas;

VII.Llevar el cómputo de los plazos para dictamen de cada iniciativa, minuta y proposición con punto de acuerdo turnada a su comisión y rendir un informe mensual a la Conferenciay solicitar al Presidente de la Junta Directivasu publicación en el sitio de Internet de la comisión;

VIII.Proponer al Presidente de la comisión o comité el nombramiento de sus asesores, quienes deberán reunir el perfil del conocimiento requerido para cada tema, y podrán ser del servicio de carrera,de base o externo;

IX.Remitir las versiones estenográficas de las reuniones en que se discutan predictámenes, al Archivo General, así como a la Bibliotecade la Cámara, especificando las que revistan el carácter de reservadas o confidenciales, de conformidad con la normatividad aplicable, y

X.Aquellas que le sean encomendadas por el Presidente de la Junta Directiva.

2.Serán tareas y atribuciones del Secretario Técnico:

l.Coordinar los trabajos de la comisión o comité, bajo la dirección del Presidente de la Junta Directiva;

ll.Desarrollar el análisis y las investigaciones correspondientes para el desahogo de los asuntos turnados a la comisión o comité;

lll.Elaborar las actas de las reuniones;

lV.Llevar el registro de los integrantes y del estado que guarden los asuntos turnados a la comisión o comité;

V.Asistir a la Junta Directiva de la comisión o comité en la planeación y organización de sus actividades, así como formular las convocatorias de las reuniones, órdenes del día, informes, memorias y publicaciones;

Vl.Llevar el archivo de la comisión, con el apoyo y articulación de los servicios a la sesión, a las comisiones y el archivo;

Vll.Dirigir los trabajos de los asesores y del personal administrativo de apoyo a la Junta Directiva, y

Vlll.Atender y dar cumplimiento a los acuerdos de la Junta Directiva y del pleno de las comisiones y comités.

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