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Reglamento de la Cámara de Diputados Artículo 160


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Reglamento de la Cámara de Diputados
Artículo 160.

1.Las comisiones deberán elaborar actas de cada Reunión sintetizando lo acontecido en una relación sucinta y breve, en la que se destaquen los acuerdos o resoluciones.

2.La presentación y difusión de las actas de reuniones se sujetarán a lo siguiente:

I.Se publicarán en la Gaceta, a más tardar, siete días después de haber sido enviadas;

II.Se deberá adjuntar la versión electrónica;

III.Deberán contener:

a)Datos generales de la Reunión;

b)Nombre del Presidente de la Junta Directiva;

c)Quórum inicial y final;

d)Hora de inicio y de término;

e)Relación breve de asuntos tratados y de quienes intervinieron en cada uno de ellos, enunciandosus propuestas;

f)Lista de diputados y diputadas asistentes, y

g)Resumen de dictámenes, propuestas, acuerdos, resoluciones, así como el sentido del voto de cada diputado y diputada.

3.Una vez elaborada el acta, deberá someterse a la aprobación del pleno de la comisión. El documento aprobado, será firmado por el Presidente de la Junta Directivay la mayoría de los secretarios, el cual deberá enviarse en un plazo no mayor a cinco días,a la Mesa Directiva, para que ésta ordene su publicación en la Gaceta.

4.Cuando la Reunión convocada no se verifique, se levantará el acta respectiva, a efecto de tener constancia de las asistencias e inasistencias a la convocatoria, que será firmada por los diputados y diputadas presentes.

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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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