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Reglamento de la Cámara de Diputados Artículo 202 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Reglamento de la Cámara de Diputados Federal
Artículo 202.

1.Para la formulación de la pregunta parlamentaria en comisiones, los diputados y diputadas formularán sus propuestas ante la Junta Directiva.

2.La redacción de la propuesta de pregunta deberá ser concisa y referirse a un solo tema de interés general para permitir una respuesta directa.

3.Las propuestas que sean de interés personal de quien las formula y las preguntas múltiples, no serán admitidas.

4.La Junta Directiva recibirá las propuestas, revisará que reúnan los elementos establecidos en este precepto y hará la propuesta de acuerdo en donde establezca:

I.Número total de preguntas,

II.Número de preguntas que corresponde a cada representación de Grupo atendiendo al criterio de proporcionalidad, y

III.Texto de las preguntas admitidas.

5.La Junta Directiva presentará el acuerdo al Pleno de la Comisión para su aprobación.

6.Aprobado el acuerdo la Junta Directiva hará llegar a la Mesa Directiva las preguntas para que se presenten a consideración del Pleno y, en su caso, sean remitidas por el Presidente al servidor público correspondiente, para que éste responda dentro de un lapso de quince días, contados a partir de la recepción de las preguntas.

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