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Código Civil Artículo 3055 Estado de Quintana Roo


Código Civil Quintana Roo
Artículo 3055.

El acreedor no responde por la evicción de la prenda vendida en subasta o fuera de ella, a no ser que hubiera dolo de su parte o que se hubiere sujetado a aquella responsabilidad expresamente.



Estado de Quintana Roo Artículo 3055 Código Civil
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