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Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Artículo 102 Estado de Oaxaca


Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Oaxaca
Artículo 102.

La Dirección Ejecutiva de Organización Electoral tiene las siguientes atribuciones:

a)Apoyar la integración, instalación y funcionamiento de los Consejos Distritales y Municipales Electorales;

b)Elaborar los Formatos de la Documentación Electoral de los procesos electorales, para someterlos por conducto de la Dirección General a la aprobación del Consejo General;

c)Proveer lo necesario para la impresión y distribución de la documentación electoral autorizada;

d)Actuar como integrante del Comité de Información;

e)Recabar de los Consejos Distritales y Municipales Electorales, copias de las actas de sus sesiones y demás documentos relacionados con el proceso electoral;

f)Recabar la documentación necesaria e integrar los expedientes a fin de que el Consejo General efectúe los cómputos que conforme a este Código debe realizar;

g)Llevar la estadística de las elecciones estatales; y

h)Las demás que le confiera este Código.



Estado de Oaxaca Artículo 102 Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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