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Código de Justicia para menores infractores Artículo 250 Estado de Durango


Código de Justicia para menores infractores Durango
Artículo 250.

Cuando se resuelva declarar la responsabilidad del menor acusado por alguna conducta tipificada como delito materia de la acusación, en la misma audiencia se señalará la fecha en que se celebrará la de individualización de las medidas y la reparación del daño, dentro de un plazo que no podrá exceder de cinco días. Durante el transcurso de ese plazo, el tribunal deberá redactar la parte de la sentencia correspondiente a la existencia de la conducta tipificada como delito y a la responsabilidad del menor acusado.

Las partes, con aprobación del Juez, podrán renunciar a la celebración de la audiencia de individualización de medidas y reparación del daño. En este caso, el tribunal citará a una audiencia de lectura de sentencia



Estado de Durango Artículo 250 Código de Justicia para menores infractores
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



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