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Código de Procedimientos Civiles Artículo 368 Estado de Tabasco


Código de Procedimientos Civiles Tabasco
Artículo 368. Substanciación del recurso contra el juzgador

El recurso de queja contra el juzgador se sujetará a las siguientes reglas:

I.-Deberá interponerse por escrito ante el propio juzgador que conozca del asunto y se substanciará sin suspensión del procedimiento;

II.- En el escrito en que se interponga la queja se expondrán los hechos que la motiven y los fundamentos legales que se estimen aplicables, debiéndose acompañar una copia del mismo para el expediente, y una más para la contraparte con la cual se le correrá traslado, haciéndole saber que podrá acudir ante el Tribunal Superior de Justicia a defender sus derechos;

III.- Al recibir el escrito en que se interponga el recurso, el juzgador, sin calificar la procedencia de éste, ordenará formar un cuaderno con dicho escrito y las constancias que estime conducentes, cuaderno que enviará al Tribunal Superior de Justicia con su informe justificado dentro del plazo de tres días contados a partir de su recepción;

IV.-El Tribunal Superior de Justicia calificará la procedencia del recurso de queja admitiéndolo o desechándolo de plano;

V.-Admitido el recurso se turnará a la sala que corresponda, la que dictará resolución dentro del plazo de cinco días; y

VI.- La resolución de la queja tendrá por efecto confirmar, corregir o reponer los actos que la motiven



Estado de Tabasco Artículo 368 Código de Procedimientos Civiles
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión



Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



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