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Código de Procedimientos Civiles Artículo 568 Estado de Tamaulipas


Código de Procedimientos Civiles Tamaulipas
Artículo 568.

La demanda que se presente con objeto de obtener la declaración de incapacidad o interdicción de las personas con discapacidad intelectual, discapacidad auditiva y del habla, ebrio consuetudinario, o habituado al uso de drogas enervantes, deberá contener los siguientes datos:

I.- Nombre, edad, domicilio, estado civil y actual residencia del presunto incapacitado;

II.- Nombre apellido y residencia del cónyuge y parientes dentro del cuarto grado, y nombre del tutor o curador que tenía la persona cuya interdicción o inhabilitación se solicita;

III.- Los hechos que dan motivo a la demanda;

IV.- Diagnóstico y pronóstico de la enfermedad formulado por el facultativo que lo asiste, acompañando el certificado o certificados respectivos;

V.- Especificación de los bienes conocidos como propiedad del incapaz y que deben ser sometidos a la vigilancia judicial; y,

VI.- Especificación del parentesco o vínculo que une al promovente con el presunto incapacitado.



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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