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Código de Procedimientos Civiles Artículo 797 Estado de Tlaxcala


Código de Procedimientos Civiles Tlaxcala
Artículo 797.

El juicio comenzará por demanda escrita, que expresará: I.- El Juez ante el que se promueve;

II.- El nombre y domicilio del actor;

III.- El nombre y domicilio del apoderado o representante legal y carácter con que promueve, en su caso;

IV.- El nombre y domicilio del demandado, o en su caso, manifestación del actor, bajo protesta de decir verdad, que ignora ese domicilio o que es persona incierta o desconocida;

V.- La relación clara y sucinta de los hechos en que el actor funde su demanda;

VI.- Los fundamentos de derecho, citando los preceptos legales, principios jurídicos o doctrina aplicables;

VII.- La jurisprudencia que se estime aplicable, citando la página y el Tomo del Semanario Judicial de la Federación en que esté publicada; y

VIII.- Las peticiones, que se expresarán clara y concretamente



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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