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Código de Procedimientos Familiares Artículo 647 Estado de Yucatán


Código de Procedimientos Familiares Yucatán
Artículo 647. Suspensión de la audiencia preliminar por falta de declaración de heredero

Si ninguno de los promoventes hubiere sido declarado heredero en la audiencia preliminar, el juez debe suspenderla hasta por un plazo de diez días para el efecto de llamar a quien legalmente corresponda continuar con el juicio.



Estado de Yucatán Artículo 647 Código de Procedimientos Familiares
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago


No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.



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