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Código de Procedimientos Penales Artículo 264 Estado de Hidalgo


Código de Procedimientos Penales Hidalgo
Artículo 264.

Del escrito de demanda y documentos que se acompañen, se correrá traslado al demandado para que formule su contestación en un plazo de tres días, transcurrido el cual se abrirá el incidente a prueba por quince días, si el ofendido, su asesor jurídico o algunas de las partes lo pidiere. Si el demandado no contesta a tiempo, el promovente podrá pedir que se declare la rebeldía.

Para los efectos de traslado, el promovente deberá presentar copias simples del escrito de demanda y de los documentos que acompañe.



Estado de Hidalgo Artículo 264 Código de Procedimientos Penales
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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