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Código de Procedimientos Penales Artículo 533 Estado de Puebla


Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 533. Remisión parcial de la pena

La remisión parcial de la pena es un beneficio otorgado por el Juez de Ejecución y consistirá en que por cada dos días de trabajo se hará remisión de uno de prisión, siempre que se reúnan los requisitos siguientes:

I.- Que el interno haya observado durante su estancia en prisión buena conducta;

II.- Que participe regularmente en las actividades educativas, deportivas o de otra índole que se organicen en el establecimiento; y

III.- Que con base en los resultados de su participación en los tratamientos y programas, pueda determinarse la viabilidad de su reinserción social. Este será el factor determinante para el

Los requisitos señalados se acreditarán con los informes que rinda el Consejo General Técnico Interdisciplinario. 



Estado de Puebla Artículo 533 Código de Procedimientos Penales
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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