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Código de Procedimientos Penales Artículo 533 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 533. Remisión parcial de la pena

La remisión parcial de la pena es un beneficio otorgado por el Juez de Ejecución y consistirá en que por cada dos días de trabajo se hará remisión de uno de prisión, siempre que se reúnan los requisitos siguientes:

I.- Que el interno haya observado durante su estancia en prisión buena conducta;

II.- Que participe regularmente en las actividades educativas, deportivas o de otra índole que se organicen en el establecimiento; y

III.- Que con base en los resultados de su participación en los tratamientos y programas, pueda determinarse la viabilidad de su reinserción social. Este será el factor determinante para el

Los requisitos señalados se acreditarán con los informes que rinda el Consejo General Técnico Interdisciplinario. 



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