Código Electoral Artículo 56 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Electoral
Artículo 56.
1. El Consejo General del Instituto organizará dos debates obligatorios entre todos los candidatos a Gobernador y procurará la realización de debates entre los candidatos a diputados y presidentes municipales, al menos uno en cada distrito o municipio.
2. Los debates obligatorios de los candidatos al cargo de Gobernador serán transmitidos por las estaciones de radio y televisión de las concesionarias de uso público. El Instituto promoverá la transmisión de los debates por parte de otros concesionarios de radiodifusión con cobertura en el Estado y de telecomunicaciones.
3. Para la realización de los debates obligatorios, el Consejo General del Instituto definirá las reglas, fechas y sedes, respetando el principio de equidad entre los candidatos.
4. Los medios locales podrán organizar libremente debates entre candidatos, siempre y cuando cumplan con lo siguiente:
a) Se comunique al Instituto o a los institutos locales, según corresponda;
b) Participen por lo menos dos candidatos de la misma elección;
c) Se establezcan condiciones de equidad en el formato.
5. La transmisión de los debates por los medios de comunicación será gratuita y se llevará a cabo de forma íntegra y sin alterar los contenidos. La no asistencia de uno o más de los candidatos invitados a estos debates no será causa para la no realización del mismo.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 56 Código Electoral
Mejores juristas
¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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