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Código Electoral Artículo 246 Estado de Colima


Código Electoral
Artículo 246.

El cómputo distrital total o parcial, así como el cómputo municipal de una elección, es el procedimiento por el cual el Consejo Municipal determinará, mediante la suma de los resultados anotados en las actas de escrutinio y cómputo de las casillas respectivas, la votación obtenida en el distrito o fracción de distrito en tratándose de la elección de diputados locales por el principio de mayoría relativa; o en el municipio para la elección de Ayuntamiento correspondiente.



Estado de Colima Artículo 246 Código Electoral
Artículo 1 ...245 245 bis 246 247 248 ...366
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?



Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?



qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol



No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,



Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias



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