Código Electoral y de Participación Ciudadana Artículo 32 Estado de Jalisco
Código Electoral y de Participación Ciudadana
Artículo 32.
1. El Congreso del Estado emitirá el decreto que ordene la realización de elecciones extraordinarias, cuando:
I. El Consejo General del Instituto Electoral califique una elección como no valida;
II. El Consejo General del Instituto Electoral declare inelegible a un candidato ganador de la elección y no tenga suplente o bien, el suplente sea igualmente inelegible;
III. Los tribunales electorales declaren nula una elección;
IV. Exista falta absoluta de la fórmula de Diputados por el principio de mayoría relativa;
V. Se dé la falta absoluta de Gobernador del Estado;
VI. Ocurra la falta absoluta de la totalidad de los integrantes de los ayuntamientos, o bien, no se logre la integración que permita el funcionamiento del órgano de gobierno municipal; y
VII. Haya falta absoluta de la totalidad de los Diputados por el principio de representación proporcional, o bien no se logre la integración que permita el funcionamiento del Congreso.
Estado de Jalisco Artículo 32 Código Electoral y de Participación Ciudadana
Mejores juristas
¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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