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Código Electoral y de Participación Ciudadana Artículo 31 Estado de Jalisco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/01/2026

Código Electoral y de Participación Ciudadana
Artículo 31.

1. Las elecciones ordinarias para los cargos de Diputados por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional; Gobernador; y Munícipes, se celebrarán con la periodicidad siguiente:

I. Para Diputados, por ambos principios, cada tres años;

II. Para Gobernador, cada seis años; y

III. Para Munícipes, cada tres años.

2. El Instituto Electoral en el caso de elecciones ordinarias, tendrá facultades para ampliar o modificar los plazos y términos del proceso electoral establecidos en este Código, cuando a su juicio exista imposibilidad material para realizar dentro de los mismos los actos para los cuales se prevén, o bien, así resulte conveniente para un mejor y debido cumplimiento de las diversas etapas del proceso electoral.

3. El acuerdo o acuerdos del Instituto Electoral que determinen ampliaciones o modificaciones a los plazos y términos del proceso electoral, se publicarán en el periódico oficial "El Estado de Jalisco", dentro de los cinco días siguientes a la fecha de su aprobación.



Estado de Jalisco Artículo 31 Código Electoral y de Participación Ciudadana
Artículo 1 ...29 30 31 32 33 ...745

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porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es


quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69


Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?


Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes


Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de  2025, que ha sustituido a la anterior.


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