Código Financiero Artículo 123 Estado de México
Código Financiero
Artículo 123.
Este impuesto se calculará y determinará aplicando al total de los ingresos percibidos, durante el período de explotación autorizado, la siguiente tarifa:
I. Tratándose de juegos mecánicos, destreza, azar o simuladores explotados por personas físicas o jurídicas colectivas que no cuenten con establecimiento debidamente constituido, la tasa del 10%.
Cuando se trate de juegos mecánicos, destreza, azar o simuladores explotados por personas físicas o jurídicas colectivas que cuenten con establecimiento debidamente constituido, la tasa del 5%.
II. Tratándose de espectáculos públicos explotados por personas físicas o jurídicas colectivas que no cuenten con establecimiento debidamente constituido, la tasa del 10%.
Cuando se trate de espectáculos públicos explotados por personas físicas o jurídicas colectivas que cuenten con establecimiento debidamente constituido, la tasa del 5%.
III. Tratándose de espectáculos públicos de tipo cultural, teatral y circense la tasa del 3%.
La tesorería autorizará la venta de boletos que se utilicen para el acceso a un espectáculo público, incluyendo los de cortesía, los cuales en ambos casos, deberán ser foliados progresivamente, contener código de barras en su caso, precios de cada localidad con número y letra, lugar, fecha y horario del evento.
Se deberá informar previamente a la autoridad fiscalizadora, el sistema a utilizar para la venta de boletos por medios electrónicos, a fin de realizar la determinación del impuesto.
Previo a la autorización de diversiones, juegos y espectáculos públicos, los organizadores de los mismos deberán exhibir, ante la Tesorería Municipal, el 100% del impuesto, considerando el aforo establecido en las autorizaciones, de acuerdo con la capacidad física del lugar.
Los boletos de cortesía no excederán del 5% del boletaje vendido.
Las máquinas de entretenimiento de audio, vídeo, vídeo juegos, eléctricas y electrónicas, mesas de aire, futbolitos, y los juegos de computadora que se activen con monedas, fichas, tarjetas magnéticas o cualquier otro dispositivo y que impliquen interacción de uno o varios usuarios con dichas máquinas o aparatos, pagarán mensualmente 2.0 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente por cada una.
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Mejores juristas
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil
No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
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