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Código Financiero para los Municipios Artículo 275 Estado de Coahuila de Zaragoza


Código Financiero para los Municipios Coahuila
Artículo 275.

El proyecto de presupuesto de egresos que presente el Presidente Municipal al ayuntamiento se integrará con los siguientes documentos:

I. Exposición de motivos, donde se indiquen los efectos sociales y económicos que se pretenden lograr.

II. Descripción de los programas en que se basa el proyecto de presupuesto, señalando objetivos, metas y prioridades, así como las unidades responsables de su ejecución.

III. Explicación y comentarios de los programas prioritarios.

IV. Estimación de los ingresos y de los gastos, tanto del ejercicio fiscal en curso, como del ejercicio que abarque el proyecto.

En lo referente a gastos de difusión, promoción y publicidad, las erogaciones no podrán exceder del 3% de los ingresos presupuestales totales.

V. Los montos de endeudamiento pendientes de pago, así como las necesidades de financiamiento, y en su caso, las cantidades autorizadas por el Congreso del Estado para tal fin.

VI. Tabuladores salariales.

VII. Los demás informes financieros y datos estadísticos que se consideren convenientes, para la mejor comprensión de la política hacendaria y del programa general de la administración pública municipal.

VIII. Los indicadores de gestión, de evaluación y los demás establecidos en las disposiciones aplicables



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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