< Código Financiero para los Municipios

Código Financiero para los Municipios Artículo 327 Estado de Coahuila de Zaragoza


Código Financiero para los Municipios Coahuila
Artículo 327.

La Tesorería Municipal establecerá un sistema de contabilidad con base en los principios básicos y el marco conceptual de la contabilidad gubernamental que tenga como fin:

I. Captar diariamente la información del ingreso, la administración de fondos y valores y la del egreso efectuado para proceder a su contabilización;

II. Establecer y mantener los registros necesarios que provean la información para el análisis económico, financiero y de toma de decisiones; y

III. Aportar los elementos que permitan determinar la responsabilidad de los servidores públicos en materia de manejo de fondos y valores mediante controles contables y administrativos.

Dicho sistema deberá garantizar la generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala:

1.- Información contable, con la desagregación siguiente:

a). Estado de situación financiera;

b). Estado de variación en la hacienda pública;

c). Estado de cambios en la situación financiera;

d). Notas a los estados financieros; y

e). Estado analítico del activo.

2.- Información presupuestaria, con la desagregación siguiente:

a). Estado analítico de ingresos, del que se derivará la presentación en clasificación económica por fuente de financiamiento y concepto, incluyendo los ingresos excedentes generados; y

b). Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos del que se derivarán las siguientes clasificaciones:

b.1). Administrativa;

b.2). Económica y por objeto del gasto, y

b.3). Funcional-programática;

El estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos deberá identificar los montos y adecuaciones presupuestarias y subejercicios por ramo o programa



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 327 Código Financiero para los Municipios
Artículo 1 ...325 326 327 328 329 ...509
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse