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Código Financiero para los Municipios Artículo 411 Estado de Coahuila de Zaragoza


Código Financiero para los Municipios Coahuila
Artículo 411.

Las facultades de las autoridades para determinar la existencia de obligaciones fiscales; señalar las bases de su liquidación o fijarlas en cantidad cierta; imponer sanciones por infracción a las disposiciones fiscales; así como las de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones, se extinguen por caducidad en el término de cinco años, no sujeto a interrupción ni suspensión.

Dicho término empezará a correr a partir:

I. Del siguiente día al en que hubiere vencido el plazo establecido por las disposiciones fiscales para presentar declaraciones, manifestaciones o avisos.

II. Del siguiente día a aquél en que el crédito fiscal debió pagarse, si no existiera obligación de presentar declaraciones, manifestaciones o avisos.

III. Del siguiente día al en que se hubiere cometido la infracción a las disposiciones fiscales; pero si la infracción fuere de carácter continuo, el término correrá a partir del siguiente día en que cesó ésta.

Las facultades de las autoridades municipales para investigar hechos constitutivos de delito en materia fiscal, no se extinguirán conforme a este artículo, debiendo en todo caso aplicarse las reglas que para tal efecto señala la legislación penal correspondiente



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 411 Código Financiero para los Municipios
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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