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Código Financiero Artículo 10 Estado de Veracruz


Código Financiero Veracruz
Artículo 10.

Se consideran disposiciones de carácter tributario, los ordenamientos que contengan preceptos relacionados con el erario, incluyendo los relativos a la prestación de servicios públicos administrados por organismos descentralizados o desconcentrados del Estado o de los Municipios.

La aplicación de las disposiciones de este Libro corresponde en el ámbito estatal al Titular del Ejecutivo, por conducto de las autoridades fiscales estatales.



Estado de Veracruz Artículo 10 Código Financiero
Artículo 1 ...9 9 bis 10 11 12 ...348
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



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  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago


No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.



Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.



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