Código Financiero Artículo 302 Estado de Veracruz
Código Financiero Veracruz
Artículo 302.
Los órganos internos de control de las dependencias y entidades, por cada una de las auditorías que se practiquen, elaborará un informe sobre el resultado de las mismas, de conformidad con las normas que dicte la Contraloría; estos informes se darán a conocer a los titulares de las dependencias y entidades auditadas para que, en su caso, implementen medidas
tendientes a mejorar su gestión y el control interno, así como a corregir las desviaciones y deficiencias que se hubieren encontrado.
Si, como resultado de las auditorías, se detectan irregularidades que afecten a la hacienda pública estatal, se procederá en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, el Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz, las disposiciones civiles o penales, según sea el caso.
Estado de Veracruz Artículo 302 Código Financiero
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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