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Código Fiscal Artículo 3 Estado de Baja California Sur


Código Fiscal Baja California Sur
Artículo 3.

Son aprovechamientos, los ingresos que perciben el Estado y sus municipios en sus funciones de derecho público distintos de las contribuciones, los ingresos derivados de financiamiento y de los que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal o municipal.

Los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución y la indemnización a que se refieren las leyes y disposiciones fiscales, que se apliquen en relación con aprovechamientos, son accesorios de éstos y participan de su naturaleza



Estado de Baja California Sur Artículo 3 Código Fiscal
Artículo 1 1 bis 2 3 4 5 ...312
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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