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Código Fiscal Artículo 5 Estado de Morelos


Código Fiscal Morelos
Artículo 5.

Además del presente Código, son ordenamientos fiscales del estado de Morelos:

I. Las leyes de Ingresos del Estado y de los Municipios;

II. Las leyes en materia de Hacienda Estatal y Municipal;

III. Los que autoricen ingresos extraordinarios;

IV. La Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Morelos;

V. La Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Morelos;

VI. La Ley de Catastro Municipal para el Estado de Morelos;

VII. La Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos;

VIII. La Ley Estatal de Agua Potable;

IX. Los expedidos para la organización de los servicios administrativos para la recaudación, distribución y control de los ingresos;

X. Los demás que establezcan ingresos que por cualquier concepto deban percibir el Estado o los municipios, o excepciones a las mismas, así como las disposiciones del Decreto que apruebe el Presupuesto de Egresos del Estado;

XI. El Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, celebrado entre el Gobierno Federal y el estado de Morelos, y

Los convenios de colaboración administrativa que celebre el Gobierno del Estado con sus municipios, con el Gobierno Federal y, en general, con cualquier otra entidad federativa, en materia fiscal



Estado de Morelos Artículo 5 Código Fiscal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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