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Código para la Biodiversidad Artículo 2.163 Estado de México


Código para la Biodiversidad México
Artículo 2.163.

La Secretaría, con la participación que corresponda a las dependencias, entidades federales y estatales competentes con el apoyo de los Ayuntamientos, realizará un monitoreo permanente y sistemático de la calidad de las aguas de jurisdicción estatal para detectar la presencia de contaminantes o exceso de desechos orgánicos aplicando las medidas correspondientes en el ámbito de su competencia.



Estado de México Artículo 2.163 Código para la Biodiversidad
Artículo 1.1 ...2.161 2.162 2.163 2.164 2.165 ...6.98
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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