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Código para la Biodiversidad Artículo 2.215 Estado de México


Código para la Biodiversidad México
Artículo 2.215.

Los proveedores de equipos, programas de cómputo y servicios para la operación de los centros de verificación de emisiones generadas por fuentes móviles están obligados a:

I.Suministrar equipos, programas de cómputo y servicios que cumplan con la normatividad aplicable y proporcionar los manuales de operación;

II.Que el personal que efectúe la instalación, suministro y mantenimiento esté debidamente capacitado;

III.Prestar los servicios de mantenimiento a los equipos instalados, cerciorándose de que éstos cumplan con los requisitos previstos en las disposiciones aplicables;

IV.Llevar un registro con la información de las operaciones de mantenimiento y reparación de equipos remitiendo un informe mensual a la Secretaría;

V.Dar aviso a la Secretaría cuando dejen de prestar el servicio de suministro y mantenimiento de equipos y programas de cómputo; y

VI.Mantener en vigor la fianza para garantizar el cumplimiento de las obligaciones y la confidencialidad durante la vigencia de la autorización correspondiente. La fianza se hará efectiva en caso de que el prestador del servicio contravenga las disposiciones aplicables.



Estado de México Artículo 2.215 Código para la Biodiversidad
Artículo 1.1 ...2.213 2.214 2.215 2.216 2.216 bis ...6.98
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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