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Código Penal Artículo 273 Estado de Baja California


Código Penal Baja California
Artículo 273. Tipo y punibilidad

Se aplicarán las sanciones de dos a seis años de prisión y hasta doscientos días multa a los que, no siendo militares en ejercicio, con violencia y uso de armas traten de:

I.- Abolir o reformar la Constitución Política del Estado;

II.- Reformar, destruir o impedir la integración de las instituciones constitucionales del Estado, o su libre ejercicio; y

III.- Separar o impedir el desempeño de su cargo a alguno o algunos funcionarios del Estado.



Estado de Baja California Artículo 273 Código Penal
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión



Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



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