Código Penal Artículo 237 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Penal Coahuila
Artículo 237. SANCIONES Y FIGURAS TÍPICAS DE PERJURIO O FALSEDAD EN DECLARACIONES
Se aplicará de seis meses a seis años de prisión y multa:
I. PERJURIO O FALSEDAD ANTE AUTORIDAD DISTINTA A LA JUDICIAL. A quien se conduzca con falsedad cuando declare oralmente o por escrito ante alguna autoridad pública distinta de la judicial, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas; aún sin que se le tome protesta para que se conduzca con verdad o sin que se le advierta que incurriría en delito si se conduce con falsedad.
(F. DE E., P.O. 10 DE AGOSTO DE 1999)
II. PERJURIO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL. A quien afirmando, negando u ocultando datos en su declaración, se conduzca con falsedad ante la autoridad judicial cuando se le examine como testigo, tenga o no tenga ese carácter; o cuando intervenga como perito, intérprete o traductor y de igual forma se conduzca con falsedad sobre cualquiera circunstancia que sea relevante para establecer el sentido del dictamen, su ampliación o aclaración; o en la interpretación o traducción del documento o declaración.
La pena de prisión se podrá aumentar hasta quince años, cuando en sentencia del orden penal se le dé fuerza probatoria al testimonio, peritaje, interpretación o traducción falsos; siempre y cuando sea en forma determinante para condenar al inculpado y la pena de prisión que se le imponga sea superior a quince años.
III. PERJURIO CON RELACIÓN A DOCUMENTO. A quien con cualquier carácter se le examine con arreglo a derecho por una autoridad y niegue falsamente que es suya la firma conque suscribió un documento; o respecto de éste afirme un hecho falso; o lo alterne con uno verdadero; o niegue éste o sus circunstancias sustanciales.
Este artículo será inaplicable al inculpado en un procedimiento penal.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 237 Código Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
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