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Código Penal Artículo 398 Estado de Coahuila de Zaragoza


Código Penal Coahuila
Artículo 398. SANCIONES Y FIGURAS TÍPICAS DE ABUSO SEXUAL IMPROPIO

Se aplicará de dos a seis años de prisión y multa: A quien sin el propósito de llegar a la cópula y con o sin consentimiento de una persona menor de quince años de edad, de uno u otro sexo, ejecute en ella o la haga ejecutar un acto erótico.

Se aplicarán las mismas sanciones si el sujeto pasivo, independientemente de su edad, no tiene la capacidad para comprender el significado del hecho o de decidir conforme a esa comprensión; o por cualquier circunstancia personal no pueda resistirlo.

(REFORMADO, P.O. 31 DE MAYO DE 2016)

Si se emplea violencia física, psicológica o moral suficiente para intimidar a la víctima y cometer el delito, se aplicará de tres a ocho años de prisión y multa. 



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 398 Código Penal
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias



en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión



Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



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