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Código Penal Artículo 441 Estado de Coahuila de Zaragoza


Código Penal Coahuila
Artículo 441. SANCIONES Y FIGURA TÍPICA DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA

Se aplicará de dos a diez años de prisión y multa: A quien por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas: adquiera, enajene, custodie, cambie, deposite, dé en garantía, invierta, transporte o transfiera, dentro del territorio del estado o de éste hacia fuera o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, que procedan o representen el producto de una actividad ilícita, con el propósito de ocultar o impedir que se conozca el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes; o para alentar alguna actividad ilícita.

Las sanciones mínima y máxima del primer párrafo se aumentarán en una mitad: Cuando el delito se cometa por servidores públicos encargados de prevenir, denunciar, investigar o juzgar la comisión de delitos. En este caso, se impondrá a dichos servidores públicos, además, inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión que se imponga.

Las sanciones mínima y máxima del primer párrafo se aumentarán en un tercio más: Cuando el delito se cometa por empleados o funcionarios de instituciones de crédito o de casas de bolsa, siempre y cuando aprovechen su posición en ellas para ese efecto.

Para los efectos de este artículo, se entiende que son producto de una actividad ilícita: Los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios graves de que provienen directa o indirectamente de la comisión de algún delito; o representan las ganancias derivadas de ello; y no se pueda acreditar su legítima procedencia. 



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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