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Código Penal Artículo 313 Estado de Hidalgo


Código Penal Hidalgo
Artículo 313.

Al que teniendo la obligación legal de conducirse con verdad en un acto ante autoridad o ante fedatario público, lo haga falsamente u ocultando la verdad, se le impondrá de tres meses a dos años de prisión y multa de 5 a 50 días.

Si el agente se retractare de sus declaraciones falsas antes de que se pronuncie resolución, la pena de prisión no excederá de seis meses.

Al que presente testigos falsos conociendo esta circunstancia o logre que un testigo, perito, interprete o traductor falte a la verdad o la oculte al ser examinado por la autoridad pública, en el ejercicio de sus funciones, se le impondrá prisión de seis meses a tres años y de 10 a 60 días multa.

La sanción podrá ser de tres meses a tres años de prisión y multa de 20 a 100 días para el testigo falso que fuere examinado en un proceso, cuando el reo se le impusiere una sanción de más de cinco años de prisión y al testimonio falso se le hubiere reconocido fuerza probatoria.

Además de las penas a que se refiere este artículo, el perito, intérprete o traductor sufrirá inhabilitación para desempeñar sus funciones de tres meses a dos años.



Estado de Hidalgo Artículo 313 Código Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



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