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Código Penal Artículo 335 Estado de Hidalgo


Código Penal Hidalgo
Artículo 335.

Las infracciones delictuosas mencionadas en el artículo que precede se sancionarán con prisión de tres meses a un año y multa de 20 a 200 días.

Cuando el infractor fuere una persona jurídica colectiva, las sanciones anteriores serán impuestas al gerente, administrador o representante de la misma que hubiere intervenido en los hechos. Además a juicio del juez o tribunal, podrán imponerse las penas o medidas de seguridad que establecen los artículos 70 y 71 de este Código, por el tiempo y modo que se estime conveniente.

En el caso que previene la fracción VII del artículo anterior, se decretará la disolución del sindicato.



Estado de Hidalgo Artículo 335 Código Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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