< Código Penal

Código Penal Artículo 120 Estado de Querétaro


Código Penal Querétaro
Artículo 120.

Los plazos para la prescripción de la potestad para ejecutar las penas y medidas de seguridad serán continuos, y correrán desde el día siguiente a aquél en el que el sentenciado se sustraiga a la acción de la justicia, si las penas o las medidas de seguridad fueren restrictivas o privativas de libertad, y si no lo son, desde la fecha en que cause ejecutoria la sentencia.



Estado de Querétaro Artículo 120 Código Penal
Artículo 1 ...118 119 120 121 122 ...324
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.



Risolvere debiti e prestiti tra privati

*Pagamento fatture

* Consolidamento debiti

*Acquisto di immobili e mutui

* Acquisti di auto

* Prestito a breve e lungo termine

* Prestito del corso

* Prestito studentesco

Sei soddisfatto al 100% senza preoccupazioni

Con un tasso del 3% avrai un prestito che va da 5.000€ a 7.000.000€ e anche un investimento privato

Qual è l'importo del prestito?

Se sei veramente interessato, ti aiuteremo

Contattaci tramite email: mariorivine@gmail.com



asesoria para divorcio necesario. gracias



pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?



alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse