< Código Penal

Código Penal Artículo 228 Estado de Quintana Roo


Código Penal Quintana Roo
Artículo 228.

Si la reaprehensión del evadido se logra por gestiones del responsable de la evasión la pena se reducirá hasta la mitad de su duración.



Estado de Quintana Roo Artículo 228 Código Penal
Artículo 1 ...226 227 228 229 230 ...272
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web


Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-



Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?



Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse