Código Procesal Civil Artículo 985 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil
Artículo 985. Indisponibilidad del precio del remate solicitada por el comprador
El comprador que hubiere realizado el depósito del importe del precio podrá solicitar su indisponibilidad hasta en tanto se le otorgue la escritura correspondiente y esta se inscriba en el Registro Público, salvo cuando la demora en la realización de dicho trámite le fuera imputable.
La indisponibilidad no regirá respecto de los gastos de escrituración y el pago de impuestos
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 985 Código Procesal Civil
Mejores juristas
¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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